El Parque Sanitario San Juan de Dios, con NIF número R – 5800646 – A, es jurídicamente una entidad religiosa que disfruta de personalidad jurídica-civil propia y figura inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el número 006837.
Normativa
Normativa
El Parque Sanitario San Juan de Dios, con NIF número R – 5800646 – A, es jurídicamente una entidad religiosa que disfruta de personalidad jurídica-civil propia y figura inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el número 006837.
Como institución religiosa de carácter benéfico – social es una entidad sin ánimo de lucro incluido al apartado 1 de la Disposición adicional novena de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Prevención de riesgos penales
Avanzando en su compromiso de llevar a cabo una gestión ética, l ’Orden Hospitalario de San Juan de Dios (OHSJD), ha desarrollado un plan de acción en materia de responsabilidad penal por el que cada uno de sus centros y fundaciones ha aprobado o próximamente aprobará a un Modelo de Prevención de Riesgos Penales para detectar y prevenir a la comisión de delitos en el seno de sus organizaciones y al mismo tiempo adaptarse a las últimas reformas del Código Penal que han introducido el régimen de responsabilidad penal de las entidades.
Un elemento clave de este modelo, de obligado cumplimiento, es el Código de Conducta OHSJD. En él se recogen el conjunto de normas y principios de actuación básica que tienen que orientar las acciones de las personas y empresas que prestan servicios o colaboran con el OHSJD. Este código, como no podía ser de otra manera, desarrolla principios ya contenidos en el Código Ético y el Código de Buen Gobierno del OHSJD.
Entre las diferentes medidas contenidas en lo mencionado plan de actuación destacan la creación en cada uno de los centros de un comité (denominado Órgano de Control) responsable de supervisar la correcta implantación del modelo de prevención, así como la puesta en marcha de un canal externo de denuncias a través del que se podrá informar de acciones y omisiones que puedan considerarse delictivas y al cual puedes acceder a continuación.
Para acceder al Canal de denuncias de prevención penal de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios podéis hacer click aquí
Respecto a los derechos de las personas atendidas
En cuanto a los derechos de las personas atendidas, nuestra Institución respeta y aplica toda la normativa vigente, entre la que destaca:
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada en 1948 por las Naciones Unidas.
- La Carta Europea de Derechos de los Niños Hospitalizados aprobados por el Parlamento Europeo en 1986.
- Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano en relación con las aplicaciones de la biología y la medicina. Aprobado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 19 de noviembre de 1996 y ratificado por las Cortes Generales españolas el 5 de octubre de 1999 (BOE 20 de octubre 1999 – núm. 251).
- Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía de la persona atendida, y la documentación clínica. DOGC núm. 3303 – 11/01/2001.
- LEY 16/2010, del 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, del 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía de la persona atendida y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Carta de derechos y deberes de los ciudadanos y ciudadanas con referencia a la salud y la atención sanitaria.
- Ley 17/2015, de 21 de juliol, de igualdad efectiva de mujeres y hombres. El respecto a esta normativa tiene que permitir construir nuevas pautas de relación entre hombres y mujeres, basadas en el respeto y la equidad, y también contribuir a mejorar la sociedad y hacerla más democrática, justa y solidaria.
- Reglamento Europeo y Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
Política de privacidad y protección de datos personales
El sitio web pssjd.at-ls.com/es/ es propiedad del PARQUE SANITARIO SANTO JOAN DE DÉU.
La presente política de privacidad tiene por objeto proporcionar información sobre como el Parque Sanitario San Juan de Dios trata tus datos personales de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Responsable del tratamiento
El responsable del tratamiento de tus datos personales sidos el Parque Sanitario San Juan de Dios, con CIF R5800646A, domicilio en la calle Dr. Antoni Pujadas, 42, Sant Boi de Llobregat (08830), teléfono 936 615 208 y correo electrónico parcsanitari.direccio.general@sjd.es.
Puedes contactar con el delegado de protección de datos dirigiendo un correo electrónico a parcsanitari.dpd@sjd.es, un escrito por correo postal en la calle Dr. Antoni Pujadas, 42, Sant Boi de Llobregat (08830) o bien llamando al teléfono 936 615 208
Tratamientos de datos
A continuación se describen los tratamientos que lleva a cabo el Parque Sanitario San Juan de Dios:
Tratamiento: QUEJAS Y SUGERENCIAS
Finalidad: Atender las quejas y las sugerencias.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada
Plazo de conservación: Los datos se conservarán hasta que la persona interesada revoque su consentimiento.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, excepto en caso de obligación legal.
Tratamiento: CONSULTES
Finalidad: Atender y gestionar la petición formulada por la persona interesada.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada
Plazo de conservación: Los datos se conservarán hasta que la persona interesada revoque su consentimiento.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, excepto en caso de obligación legal.
Tratamiento: VIDEOVIGILANCIA
Finalidad: Garantizar la seguridad.
Legitimación: Interés público
Plazo de conservación: Los datos se suprimirán al cabo de un mes, excepto en los casos en que sean requeridas por las fuerzas y cuerpos de seguridad o por los juzgados y tribunales.
Destinatarios: Fuerzas y cuerpos de seguridad o juzgados y tribunales
Tratamiento: COMUNICACIÓN
Finalidad: Enviar información al usuario.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada
Plazo de conservación: Los datos se conservarán hasta que la persona interesada revoque su consentimiento.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, excepto en caso de obligación legal.
Es obligatorio facilitar todos los datos?
Cuando se solicitan datos para tramitar la acción deseada, se informa del carácter necesario de los datos que se consideran imprescindibles. Si no se facilitan los datos obligatorios, no es posible tramitar la solicitud.
Como puedes ejercer tus derechos?
Cuando el tratamiento de tus datos personales estados basado en tu consentimiento, podrás revocar la autorización dada en cualquier momento por escrito a través del correo electrónico atencio.usuari@pssjd.orgo del correo postal al Servicio de Atención al Usuario, Camí Vell del Colonia, 25, Sant Boi de Llobregat (08830).
Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento por escrito a través del correo electrónico parcsanitari.dpd@sjd.eso del correo postal a la Oficina del delegado de protección de datos, en la calle Dr. Antoni Pujadas, 42, Sant Boi de Llobregat (08830).
En todo caso, tu solicitud tiene que ir acompañada de una fotocopia de tu documento nacional de identidad, el pasaporte o un documento legal válido que te identifique.
El Parque Sanitario San Juan de Dios te informará sobre las actuaciones derivadas de tu petición en el plazo de un mes. En caso de tratarse de solicitudes especialmente complejas, se puede ampliar el plazo dos meses más (por tanto, hasta un máximo de tres meses). Se informará siempre de esta ampliación durante el primer mes. Si consideras que no hemos dado una respuesta adecuada a tu solicitud, puedes presentar una reclamación delante la autoridad de control competente.
El Parque Sanitario San Juan de Dios, con NIF número R – 5800646 – A, es jurídicamente una entidad religiosa que disfruta de personalidad jurídica-civil propia y figura inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el número 006837.
Como institución religiosa de carácter benéfico – social es una entidad sin ánimo de lucro incluido al apartado 1 de la Disposición adicional novena de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Prevención de riesgos penales
Avanzando en su compromiso de llevar a cabo una gestión ética, l ’Orden Hospitalario de San Juan de Dios – Provincia de Aragón San Rafael (OHSJD), ha desarrollado un plan de acción en materia de responsabilidad penal por el que cada uno de sus centros y fundaciones ha aprobado o próximamente aprobará a un Modelo de Prevención de Riesgos Penales para detectar y prevenir a la comisión de delitos en el seno de sus organizaciones y al mismo tiempo adaptarse a las últimas reformas del Código Penal que han introducido el régimen de responsabilidad penal de las entidades.
Un elemento clave de este modelo, de obligado cumplimiento, es el Código de Conducta OHSJD. En él se recogen el conjunto de normas y principios de actuación básica que tienen que orientar las acciones de las personas y empresas que prestan servicios o colaboran con el OHSJD. Este código, como no podía ser de otra manera, desarrolla principios ya contenidos en el Código Ético y el Código de Buen Gobierno del OHSJD.
Entre las diferentes medidas contenidas en lo mencionado plan de actuación destacan la creación en cada uno de los centros de un comité (denominado Órgano de Control) responsable de supervisar la correcta implantación del modelo de prevención, así como la puesta en marcha de un canal externo de denuncias a través del que se podrá informar de acciones y omisiones que puedan considerarse delictivas y al cual puedes acceder a continuación.
Para acceder al Canal de denuncias de prevención penal de la Orden Hospitalaria San Juan de Dios podéis hacer click aquí
Respecto a los derechos de las personas atendidas
En cuanto a los derechos de las personas atendidas, nuestra Institución respeta y aplica toda la normativa vigente, entre la que destaca:
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada en 1948 por las Naciones Unidas.
- La Carta Europea de Derechos de los Niños Hospitalizados aprobados por el Parlamento Europeo en 1986.
- Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano en relación con las aplicaciones de la biología y la medicina. Aprobado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 19 de noviembre de 1996 y ratificado por las Cortes Generales españolas el 5 de octubre de 1999 (BOE 20 de octubre 1999 – núm. 251).
- Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía de la persona atendida, y la documentación clínica. DOGC núm. 3303 – 11/01/2001.
- LEY 16/2010, del 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, del 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente la salud y la autonomía del paciente, y la documentación clínica
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía de la persona atendida y de Derechos y Obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Carta de derechos y deberes de los ciudadanos y ciudadanas con referencia a la salud y la atención sanitaria.
- Ley 17/2015, de 21 de juliol, de igualdad efectiva de mujeres y hombres. El respecto a esta normativa tiene que permitir construir nuevas pautas de relación entre hombres y mujeres, basadas en el respeto y la equidad, y también contribuir a mejorar la sociedad y hacerla más democrática, justa y solidaria.
- Reglamento Europeo y Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
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Tratamiento: QUEJAS Y SUGERENCIAS
Finalidad: Atender las quejas y las sugerencias.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada
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Destinatarios: No se cederán datos a terceros, excepto en caso de obligación legal.
Tratamiento: CONSULTES
Finalidad: Atender y gestionar la petición formulada por la persona interesada.
Legitimación: Consentimiento de la persona interesada
Plazo de conservación: Los datos se conservarán hasta que la persona interesada revoque su consentimiento.
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Tratamiento: VIDEOVIGILANCIA
Finalidad: Garantizar la seguridad.
Legitimación: Interés público
Plazo de conservación: Los datos se suprimirán al cabo de un mes, excepto en los casos en que sean requeridas por las fuerzas y cuerpos de seguridad o por los juzgados y tribunales.
Destinatarios: Fuerzas y cuerpos de seguridad o juzgados y tribunales
Tratamiento: COMUNICACIÓN
Finalidad: Enviar información al usuario.
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Es obligatorio facilitar todos los datos?
Cuando se solicitan datos para tramitar la acción deseada, se informa del carácter necesario de los datos que se consideran imprescindibles. Si no se facilitan los datos obligatorios, no es posible tramitar la solicitud.
Como puedes ejercer tus derechos?
Cuando el tratamiento de tus datos personales estados basado en tu consentimiento, podrás revocar la autorización dada en cualquier momento por escrito a través del correo electrónico atencio.usuari@pssjd.orgo del correo postal al Servicio de Atención al Usuario, Camí Vell del Colonia, 25, Sant Boi de Llobregat (08830).
Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento por escrito a través del correo electrónico parcsanitari.dpd@sjd.eso del correo postal a la Oficina del delegado de protección de datos, en la calle Dr. Antoni Pujadas, 42, Sant Boi de Llobregat (08830).
En todo caso, tu solicitud tiene que ir acompañada de una fotocopia de tu documento nacional de identidad, el pasaporte o un documento legal válido que te identifique.
El Parque Sanitario San Juan de Dios te informará sobre las actuaciones derivadas de tu petición en el plazo de un mes. En caso de tratarse de solicitudes especialmente complejas, se puede ampliar el plazo dos meses más (por tanto, hasta un máximo de tres meses). Se informará siempre de esta ampliación durante el primer mes. Si consideras que no hemos dado una respuesta adecuada a tu solicitud, puedes presentar una reclamación delante la autoridad de control competente.